El
río Atuel es el último afluente de la cuenca endorreica
Desaguadero-Salado-Chadileuvú-Curacó que recorre las provincias de Mendoza y La
Pampa en Argentina. El deterioro ambiental de su cuenca es producto de las
desiguales relaciones de poder entre ambas jurisdicciones desde principios del
siglo XX, cuando Mendoza era una provincia y La Pampa un territorio nacional
(hasta 1951). El río Atuel ingresa en la provincia de La Pampa actualmente
mediante un brazo activo denominado Arroyo de la Barda en cercanías de la
localidad de Santa Isabel. La cuenca inferior en territorio pampeano tiene
caudales disminuidos en cantidad como en calidad lo que ha generado un
histórico conflicto interjurisdiccional con Mendoza.
Campaña de aforos en el río Atuel, junio
2016:
Estación
|
Escala (m)
|
Caudal (m3/seg)
|
Conductividad (umhos/cm)
|
Pte. Vinchuquero
|
1,19
|
10,02
|
3.190
|
La Puntilla
|
1,80
|
7,60
|
3.350
|
Algarrobo del Águila
|
1,31
|
7,63
|
3.430
|
Fuente: Secretaría de Recursos Hídricos de La
Pampa
Los
principales perjudicados en este conflicto son los pobladores del oeste
pampeano, el patrimonio biogenético del territorio y las prácticas culturales
relacionadas con el recurso hídrico. La problemática afecta los derechos
humanos por la falta de acceso esencial del agua, el desplazamiento forzado de
pobladores y la desertificación paulatina del territorio. El Estado es el
principal garante de esos derechos elementales.
El
20 de julio del corriente año, el experto en derechos humanos de ONU, Leo
Heller y la relatora sobre el derecho a la alimentación, Hilal Elver, pidieron
al gobierno argentino una solución definitiva al conflicto interprovincial del
río Atuel para que se garantice el acceso equitativo al agua y se respeten las
garantías fundamentales de las personas afectadas desde hace más de seis
décadas. Además exhortaron a ambos gobiernos provinciales a cumplir con el
fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de 1987que declaró la
interprovincialidad del río e instó a las partes a que regularan los usos
comunes del río.
Los antecedentes registrados del conflicto en el siglo XX se inician en
1917 cuando se desvió el brazo principal del río llamado Atuel Viejo. En 1930
se cortó el brazo Butaló en territorio de la estancia de Jacinto Ugalde con la
construcción de tapones en el cauce. Esto generó un deterioro económico en la
colonia agroganadera Butaló, fundada por criollos e inmigrantes ucranianos,
españoles e italianos el 21-10-1909. Pero en 1947 se agudizó el conflicto con
la construcción del dique El Nihuil (hoy complejo Los Nihuiles) en Mendoza que
embalsó el río e interrumpió el escurrimiento del brazo arroyo de la Barda que
era el último que quedaba. Agua y Energía de la Nación, por solicitud del
gobierno pampeano, ordenó por resolución 50 de 1949 tres sueltas anuales de 7
días de duración cada una en enero, mayo y septiembre a razón de 15 m3/seg por
parte del dique El Nihuil hacia La Pampa pero nunca fueron cumplidas. Un
tribunal administrativo de Mendoza la rechazó y Nación lo aceptó pasivamente.
Recién en 1973 la Comisión Pampeana de Defensa de los Recursos Hídricos activó
el reclamo por interrupción del escurrimiento al agudizarse el éxodo
poblacional, la mortandad de la hacienda, la degradación del suelo y la
salinización del agua restante. El Tribunal Latinoamericano del Agua en 2012
dictó la resolución no vinculante sobre la interprovincialidad del curso
fluvial.
La
suelta de agua inconsulta y sin aviso en tiempo y forma que Mendoza hace del
río Atuel determinó que el gobierno pampeano promoviera un plan de contingencia
el 20 de julio de este año como los que realiza Vialidad con trabajos de alteos
y terraplenes en la zona de La Puntilla para asistir a los puesteros oesteños y
resguardar sus bienes. El 24 de julio se organizó un Comité de Crisis para
hacer efectiva la ayuda social a los puesteros frente al avance de las aguas
hacia el sur.
La
postura de Mendoza frente al conflicto es de rechazo a una solución por caso se
cita el argumento de la Cámara de Diputados de esa provincia que sostiene la
imposibilidad de hacer correr agua hacia La Pampa por la escasez del fluido en
el territorio mendocino. Inclusive se ha planteado que las regalías
hidroeléctricas del Complejo Los Nihuiles fueron mal pagadas por la Nación
porque afirman que a La Pampa no le corresponde nada dado que la pendiente de
producción es íntegramente mendocina. El Partido Demócrata mendocino propuso
provincializar el río porque sus aguas se agotan en un límite frontal en el
territorio antes de llegar a La Pampa. El Convenio Marco firmado por los
gobernadores Jaque y Jorge en 2008 establecía el mejoramiento de las obras de
riego en Mendoza por lo que se podría realizar un mejor aprovechamiento del
agua, regar más terreno y permitir la escorrentía permanente en el cauce
pampeano. Sin embargo después de seis años de inactividad, la legislatura
provincial mendocina no lo aprobó en 2014. Una nueva demanda pampeana se elevó
a la Corte Suprema de la Nación a fines de 2013.
Los
bañados del Atuel y del Salado en territorio pampeano constituyen el área
protegida provincial de Ñochilei-có (significa aguas mansas, que fluyen
tranquilas) con más de 240 especies
relevadas y 20.000 ha de extensión. En 2008 la ONG “Todos por el Atuel” avalada
por otras ONG, firmantes y organismos estatales propuso incorporarlos a la
Lista de Humedales de Importancia Internacional (RAMSAR) acción apoyada por la
Declaración 1441 D03 de la Cámara de Diputados de la Nación.
Interpretación de la problemática del río Atuel en la práctica docente
La
planificación de una temática compleja sobre el uso del agua y sus
consecuencias necesita de una multiplicidad de perspectivas para conocer de
forma integral todas sus implicancias. El abordaje deberá ser
interdisciplinario y multidimensional con gran diversidad de sugerencias
didácticas que utilicen distintos recursos y técnicas de aprendizaje para
aproximarse al tratamiento del impacto socio-económico, ambiental y de derechos
humanos que ha generado el conflicto jurisdiccional en el río Atuel.
Bibliografia de consulta
Alvarez Bustos, P. 1984. Interprovincialidad
del río Atuel. Santa Rosa: Depalma editores.
Capitanelli, R. 1979. Probable alternativa
para el uso de las aguas del río Atuel. Centro de Estudios Interdisciplinarios
de áreas fronterizas argentinas.
Cazenave, W. et al 2009. Nuestra lucha:
Conflictivo río Atuel. Santa Rosa: Fundación Chadileuvú.
Difrieri, H. 1980. Historia del río Atuel.
Instituto de Geografía, UBA, Buenos Aires.
Difrieri, H. 1981. Evolución del poblamiento
del área de influencia del Atuel en territorio de la provincia de La
Pampa. La Pampa A.P.A.
Dirección Gral. De Planeamientos, Evaluación y
Control de Gestión, 2014. Problemática del río Atuel. Subsecretaría de
Coordinación, Ministerio de cultura y Educación, Gobierno de La Pampa.
Fiscalía de Estado, 1987. El río Atuel
también es pampeano. Gobierno de La Pampa.
Lastiri, N.P. 2012. Gestión de las cuencas
hidrográficas. Conflicto interjurisdiccional por las aguas del río Atuel.
Eurosocial: Programa para la cohesión social en América Latina.
Sasturain,J. 2005. ¿Quién hizo de La Pampa
un desierto? Viuda del agua. Página 12, supl. Radar.
Scovenna, J.C. 2012. El caso del río Atuel desde la
perspectiva de los derechos humanos. Santa Rosa: Pitanguía.
Secretaría de Recursos Hídricos y secretaría de
Derechos Humanos, 2014. El río Atuel también es pampeano. Secretaría de
Seguridad Social, Gobierno de La Pampa.